Decreto 39/2020, de 4 de diciembre, que permite la «asistencia a los entrenamientos, competiciones o ligas organizadas por las federaciones deportivas madrileñas, que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo. Los menores de edad podrán ser acompañados por un adulto«
Este sábado 5 de diciembre se ha publicado el Decreto 39/2020, de 4 de diciembre, Artículo único:
Modificación del Decreto 29/2020, de 26 de octubre, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen las medidas de contención adoptadas para hacer frente a la COVID-19, en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, del Consejo de Ministros, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 Se modifica el artículo 2 para añadir una letra l) a su apartado 1, con la redacción siguiente:
«l) Asistencia a los entrenamientos, competiciones o ligas organizadas por las federaciones deportivas madrileñas, que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo. Los menores de edad podrán ser acompañados por un adulto.».
La licencia federada autonómica permitirá la movilidad por toda la región, incluidos núcleos de población con medidas especiales. Se podrá realizar actividad deportiva federada, tanto en entrenamientos como en competiciones, sin excepción por toda la Comunidad de Madrid.
Se adjunta carta del Viceconsejero de Deportes, D. Roberto Núñez Sánchez, así como el Decreto 39/2020 de Presidencia y la Orden 1654/2020 de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid publicadas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid con fecha de hoy, 5 de diciembre de 2020, para su conocimiento y efectos oportunos. En dicha orden se recoge cuales son las zonas básicas de salud que quedan con movilidad restringida en Madrid además de concretar como se realizará la práctica deportiva en las instalaciones que queden dentro de esas zonas.
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